Leer y orar las Constituciones

LEER Y ORAR LAS CONSTITUCIONES

Por Miguel Pérez Flores, C.M.

Provincia de Salamanca

Fieles a la letra y al espíritu de las Constituciones

1. Las Constituciones se publicaron el 29 de junio, en la fiesta de los santos Apóstoles Pedro y Pablo de 1984. El Superior General de entones, P. Richard McCullen, escribió una breve presentación de las mismas en la que afirmaba que las entregaba con espíritu lleno de alegría. Hacía la siguiente observación: la medida en que seamos fieles a la letra y al espíritu de las Constituciones determinará en gran manera el grado de nuestra dedicación a la Iglesia local, en la que está inserta la Congregación. A renglón seguido añadía: La identidad de la Congregación dentro la Iglesia está delineada en la páginas de este libro. Pero no permitamos que esta identidad se halle sólo en él. Debemos, pues, imprimir el texto de las Constituciones en lo más hondo de nuestro corazón y expresarlo en la vida cotidiana, para realizar plenamente nuestra vocación de evangelizadores de los pobres. La conclusión que el Superior General sacaba era evidente y corresponde con el título de estas reflexiones: leer y orar las Constituciones, leerlas frecuentemente y acompañar su lectura con la oración asidua. Su observación terminó con el buen deseo de que las Constituciones se convirtieran en medios eficaces para que fácilmente, según la oración a san Vicente: “amemos lo que san Vicente amó y practiquemos con agrado lo que enseñó”.

¿Libro de vida o libro de biblioteca?

2. Han pasado 16 años y de nuevo surge el tema de “leer y orar las Constituciones”. Es posible que en algunos de los misioneros se haya enfriado el fervor primero de aquellos diecisiete años de estudio y de reflexión en los que la Congregación entera vivió con entusiasmo la tarea constitucional. Son muchos los años pasados, desde la aprobación (1984) hasta ahora, inicios del siglos XXI, con la agravante de la vertiginosidad de los tiempos. La Congregación en muchas provincias es otra; los acontecimientos congregacionales han sido varios, como la falta de vocaciones, el mucho trabajo pastoral y la urgencia de la acción y el poco atractivo de leer libros escritos jurídico-espirituales. Éstos, pueden haber sido causa y ocasión de postergar la lectura de las Constituciones. Por otra parte, las Constituciones tienden a la estabilidad y son por propia naturaleza coyunturales. Todo esto ha impulsado e impulsa a que el libro de las Constituciones y Estatutos sea un libro para la estantería y para las ocasiones de discusiones domésticas, es decir, un libro de biblioteca o cajón, y no un libro de vida.

Dos anécdotas

3. En cierta ocasión, me invitaron a explicar la primera parte de las Constituciones, que versa sobre la Vocación de la Congregación de la Misión. Allí se encuentra el meollo de la identidad vicenciana: los fines, el espíritu, las notas de la obra propiamente vicenciana, las características canónico- espirituales de la Congregación, el espíritu de la misma y sus expresiones, es decir, las virtudes propias del misionero vicenciano.

4. Parece que mi intervención mostraba cierto entusiasmo por el contenido de los textos constitucionales y por el modo cómo los exponía. De pronto, soy interrumpido por la voz de un misionero joven que, con sinceridad y humildad, dijo ante todo el grupo que estaba admirado de mi entusiasmo. A él le dieron el libro de las Constituciones, no le dijeron nada, nadie se las explicó y con agradecimiento recogió el libro y lo metió en lo más hondo del cajón de su mesa. De allí lo ha sacado para venir a este encuentro, porque no quería ser un soldado que va a la guerra sin el arma pertinente, pero sin saberla manejar. Ahora, en este curso, estoy aprendiendo qué y para qué son las Constituciones.

5. Otra de las objeciones que me han propuesto más de una vez, ha sido la de los hechos. Según ellos, los objetores, las Constituciones paralizan la creatividad. Lo que interesan son los hechos, las obras en favor de los pobres, obras significativamente vicencianas. De hecho, se preguntan, ¿cuánto han cambiado las personas y las provincias después de la formulación de las nuevas Constituciones? Mi respuesta en estos casos no ha sido el silencio, ha sido leer literalmente el art. 2 de las Constituciones, para mí uno de los más abiertos y operativos y, hasta cierto punto, el criterio por el cual una generación de misioneros puede juzgar a la anterior: Supuesto este fin ( art. 1), la Congregación de la Misión, atendiendo siempre al Evangelio, a los signos de los tiempos y a las peticiones más urgentes de la Iglesia, procurará abrir nuevos caminos y aplicar medios adaptados a las circunstancias de tiempo y lugar, se esforzará además por enjuiciar y ordenar las obras y los ministerios, permaneciendo así en estado de renovación continua.

6. Mucha es la creatividad que inspira dicho artículo 2 y pocas las limitaciones que contiene, fuera de lo que comprende el fin de la Congregación: seguir a Cristo evangelizador de los pobres, a la luz de la inspiración de san Vicente. La causa por la que los hechos y las obras significativamente vicencianas que aquellos ojos no veían, habría que situarla en otra parte, no en las Constituciones, que animan a hacer lo que no se hace y denuncian lo que no se hace vicencianamente…

7. Podría citar otro artículo, igualmente abierto e inspirador de la creatividad: el art. 18: Siguiendo a San Vicente que, según la parábola del Buen Samaritano (Lc 10, 30-37), salía al encuentro de los abandonados con soluciones prácticas, las Provincias y cada uno de los misioneros se apresurarán, en la medida de sus fuerzas, a socorrer a los marginados de la sociedad, a las víctimas de calamidades y de cualquier clase de injusticia, así como los aquejados por las formas de pobreza moral propias de la época. En favor de ellos y actuando con ellos, trabajarán con empeño porque se cumplan las exigencias de la justicia social y de la caridad evangélica

Motivos para leer las Constituciones

8. Ignoro si los dos casos citados son aislados o abundan. De todas maneras, hay que insistir en su lectura y orar las Constituciones. En ellas, a pesar de las limitaciones, se conserva la actualización de la experiencia espiritual y apostólica del fundador, la identidad del misionero, teológica y eclesial, expresión del designio salvífico de Dios; los caminos de santificación personal, de eficacia apostólica y de convivencia testimonial de personas dadas a Dios y al servicio de los demás en la Congregación de la Misión; la oración y su triple expresión: litúrgica, comunitaria y mental.

La nueva formulación de las Constituciones

9. Muchos de los fundadores han tenido dificultad de pasar de la experiencia espiritual o intuición a la institución, es decir, para describir y crear las instituciones más adecuadas a las exigencias de su intuición o carisma a fin de hacerlo visible y eficaz. Han tenido dificultad de dotarlos de ruedas para que camine a través de la historia. Por una ayuda especial del Espíritu pudieron llevarlo a cabo. La misma Congregación ha considerado el tiempo dedicado a la formulación de las Constituciones, como un tiempo especial de gracia, y afirma haber experimentado la acción del Espíritu Santo que pasaba sobre Ella y la impulsaba a renovarse y a seguir las huellas de san Vicente. Se sintió la presencia del Espíritu en medio del “fervet opus” de todos. Uno de los asiduos agentes y testigo fiel de los trabajos asamblearios, fue el P. Carlo Braga, que ha escrito: Que nadie diga que fue indiferente a la Compañía un problema tan vital como el de la revisión de las Constituciones. Por otra parte, la aprobación eclesiástica es garantía, si no de lo mejor, sí de lo bueno y seguro en todo lo referente a nuestra vocación de hijos de san Vicente.

La aceptación “cordial” y constante de las Constituciones

10. Si el valor principal de las Constituciones es ser la expresión escrita del carisma, del espíritu, del apostolado, de la vida comunitaria fraterna, de la vida de oración, de las orientaciones para gobernar y para administrar los bienes temporales y, en general, lo que contiene valor espiritual, vicenciano, apostólico y eclesial por la inserción de la Congregación en la Iglesia, la aceptación cordial y constante de las mismas es el primer paso hacia ellas que todo misionero debe dar, si quiere ser fiel a su vocación como auténtico vicenciano.

11. La aceptación a la que me refiero es la cordial, no la jurídica. Esta se impone. Aquella se acepta desde el corazón, por amor a la vocación y a la Congregación que la sustenta, interioriza los valores de las Constituciones e impulsa a practicarlos. Las Constituciones actuales son un hecho congregacional y, por ende, la aceptación es un proceso dinámico de todo el cuerpo de la Congregación y no de unos cuantos responsables. La aceptación cordial se requiere para que ellas funcionen y originen un ambiente de aprecio y operatividad congregacional, al igual que el derecho canónico universal debe ser aceptado como hecho eclesial, y no solamente como acontecimiento válido para la historia del derecho eclesial.

12. La aceptación debe llevar, no sólo a la lectura superficial, sino a la profundización en ellas, sobre todo, aquellos artículos de naturaleza más teológica que jurídica. Como son, por ejemplo, el artículo quinto en el que se afirma que el espíritu de la Congregación es una participación del mismo espíritu de Cristo, lo que hace que Cristo sea la Regla de la Misión, centro de su vida y actividad.

13. El artículo sexto no es menos exigente en el conocimiento y en la profundización. Nos mete en el alma de Cristo y nos señala tres rasgos de la cristología vicenciana: amor y reverencia al Padre, caridad compasiva y eficaz para los pobres y docilidad a la Divina Providencia. Mucho se ha escrito y se seguirá escribiendo sobre la cristología vivida y trasmitida por san Vicente. Las Constituciones nos hacen el favor de suscitar el deseo de conocer su experiencia cristológica. Según el documento “Mutuas relaciones”, del 14 de mayo de 1978, los verdaderos y fieles seguidores del carisma del que son herederos, no sólo deben conservarlo, sino promoverlo y actualizarlo.

14. La necesidad de la profundización se acrecienta cuando el artículo séptimo indica que para expresar el espíritu de Cristo a través del prisma vicenciano es necesario practicar las virtudes que, según el mismo san Vicente, caracterizan al misionero: sencillez, humildad, mansedumbre, mortificación y celo. Las implicaciones que actualmente llevan cada una de esas virtudes en el mundo actual son grandes. La sencillez, como esplendor de la verdad en un mundo en el que está herida por intereses políticos, propagandísticos y económicos; la humildad, como preferencia al otro, cuando vivimos en una sociedad donde campea el egoísmo; la mansedumbre, para borrar de las relaciones humanas todo signo o amago de violencia; la mortificación, cuando invade el mundo del bienestar; y el celo por la gloria de Dios, en tiempos de un secularismo feroz que trata de borrar el nombre de Dios y todo lo que se relaciona con él de la faz de la tierra.

Vivencia de las Constituciones

15. Las Constituciones, en su conjunto y bien armonizadas, deben ser vivenciadas. Se empieza, leyéndolas con sencillez, como lectio constitucional, como lectio divina, salvando la distancia. Se sigue, profundizando en ellas, para finalmente hacerlas vida. Si no se viven las Constituciones se cae en una anomía que terminaría con la pujanza de la Congregación, con su unidad y su vocación, creando en sus miembros la desilusión y la convicción de que un carisma como el recibido de san Vicente, desaparezca. Vivir o no las Constituciones es poner en juego la fidelidad teológica. Para una comunidad, nacida de una experiencia espiritual, aprobada por la Iglesia, con un mensaje de santificación personal y colectiva, y nacida para llevar el mensaje del evangelio a todos los hombres, especialmente a los pobres, tener en menos sus Constituciones sería como rechazar la voz de Dios y, por tanto, ser teológicamente infiel.

Prejuicios contra las Constituciones

16. La consideración sobre las motivaciones para leer las Constituciones lleva a la reflexión de los posibles prejuicios, algunos ya indicados: si las Constituciones son más teóricas que prácticas, si son utópicas e irrealizables, que hay una gran diferencia entre el comportamiento real de los misioneros y lo que exigen las Constituciones. Para algunos, existe un abismo infranqueable que no se puede salvar. Ciertamente, el estilo de redactar ha cambiado, se ha abandonado el que sean un recetario o la enumeración de obligaciones tabuladas. Son más teológicas, y por eso mismo, más motivadoras, pero exigen la responsabiliad y, si cabe, el riesgo de pasar de lo teórico y utópico a la vivencia real. Las Constituciones, como hemos dicho, son Regla de vida, están para ayudar a vencer la inercia o pereza humana, el espíritu fragmentario, el afán del cambio por el cambio, el incompromiso, la indiferencia.

17. Hay síntomas que esconden en su seno una enfermedad mayor: la no pertenencia incondicional a la Congregación, la falta de valoración de la vocación o de las instituciones vicencianas. Puede fallar aquello de lo que San Vicente estaba seguro: de que todos hemos traído a la compañía la resolución de vivir y de morir en ella; hemos traído todo lo que somos, el cuerpo, el alma, la voluntad, la capacidad, la destreza y todo lo demás. ¿Para qué? Para hacer lo que hizo Jesús, para salvar al mundo. ¿Cómo? Por medio de esta vinculación que hay entre nosotros y del ofrecimiento que hemos hecho de vivir y de morir en esta sociedad y de darle todo lo que somos y todo lo que hacemos*. Es evidente que si no hay pertenencia a la Congregación, no hay interés ni por ella, ni por sus proyectos, ni por su normativa, que es el apoyo de lo demás.

Lectura lineal de las Constituciones

18. Bien convencidos del valor de las Constituciones y de la importancia que ellas tienen en nuestra vida y apostolado, un modo posible de leerlas y de comprenderlas suficientemente es leerlas como se lee un libro que interesa para la vida, el apostolado y la propia santificación. A esto es a lo que considero lectura lineal, que busca entender el texto, las ideas que encierra, y su finalidad. Esta lectura debe ser meditativa y no quita, hecha en la presencia de Dios, que surjan afectos y resoluciones, e incluso, verdadera contemplación. La lectura lineal del art. 11 puede llegar a contemplar la compasión de Cristo sobre las muchedumbres y cómo en su misericordia está el origen de los signos con los que verificaba su palabra.

Iniciación guiada de la lectura de las Constituciones

19. Las Constituciones son para todos los miembros de la Congregación. No es necesario que todos estén especializados en los temas que tratan. No obstante, el acceso inicial a ellas debiera ser guiado por un formador bien preparado en las Constituciones, su historia, sus relaciones con la doctrina de san Vicente, con la historia de la Compañía, con la legislación eclesial. Todo artículo de las mismas ha sido fruto de debates, de posturas contrastadas. Muchos de los artículos son como pequeños pactos, después de haber depurado mucho distintos pareceres. En la Ratio Formationis para el Seminario Interno se manda estudiar las Constituciones en el contexto del conocimiento que se debe tener de la Congregación.

20. La lectura inicial, quizás no muy satisfactoria al principio, puede llegar a ser jugosa y grata a medida que en la comprensión del texto constitucional se van añadiendo otros elementos históricos, sociales, eclesiales y vicencianos. En este sentido, ha sido laudable lo que se ha hecho en algunas provincias. Grupos de misioneros de edades distintas y empleados en ministerios varios, se han reunido durante algunos días, no obstante la urgencia de los ministerios, para leerlas y reflexionarlas juntos, bien en su conjunto, bien en aspectos principales de ellas. En esta línea, es laudable la iniciativa del P. General de mantener en París el CIF, donde el estudio principal son las Constituciones, y de abrirlo al mayor numero de misioneros.

Lectura desde claves distintas

21. Hecha la lectura inicial guiada, se pueden hacer otras lecturas desde diversas claves, por ejemplo ¿qué figura de Cristo nos ofrece? ¿Están en armonía con diversos documentos conciliares o que atañen de una manera especial a la Congregación, como “Perfectae Caritatis” o “Apostolicam Actuositatem”, o postconciliares como “Evangelii Nuntiandi”, o la “Dimensión contemplativa en los institutos de vida activa”, o “La vida fraterna en común”. Así, de la lectura inicial, llevada de la mano del formador, se llegará al conocimiento cada vez más amplio, profundo y eficaz. La lectura en clave lo puede hacer cualquier misionero que tenga unos básicos conocimientos teológicos, apostólicos y vicencianos.

Guía y examen de la actividad misionera

22. El artículo octavo de las Constituciones, aunque directamente se refiere al espíritu, se puede aplicar, sin violentar el texto constitucional, a la lectura y estudio de las mismas: Todos se afanarán siempre por conocer más profundamente este espíritu (Constituciones), volviendo al Evangelio, al ejemplo de San Vicente y a su doctrina, en la convicción de que nuestro espíritu y nuestros ministerios deben alimentarse mutuamente. En otros términos, no podemos separar conocimiento de las Constituciones y vivencia de las mismas. El conocimiento teórico ayuda al experimental, así como el conocimiento experimental autentica el teórico. Las Constituciones debieran leerse, en todo o en parte, cuando se formulan o se evalúan los proyectos comunitarios.

Uso de criterios adaptados de interpretación

23. Antes dije que la lectura de las Constituciones se podía hacer desde diversas claves para que fuera más reflexiva y con efectos de comprensión más satisfactorios. Ellas necesitan ser interpretadas. Toda interpretación tiene sus reglas y criterios. Me atengo como más importante, desde el punto de vista de la compresión de las Constituciones, a los criterios. Estos se fundamentan en la concepción global de las Constituciones, su finalidad, sus motivaciones, su estructuración. Los criterios son los que, a mi parecer, crean el ánimo propio y propicio para la correcta y sabrosa lectura de las Constituciones y el marco adecuado para, si fuera el caso, el estudio de las mismas; y señalan la actitud psicológica y espiritual apta para acercarse a ellas. Igualmente, se pueden tener en cuenta las reglas, que son los medios técnicos que desentrañan y descubren el contenido de los textos.

24. Como ejemplo de criterio de lectura de las Constituciones se puede aplicar el de la finalidad de la Congregación, es decir, seguir a Cristo, evangelizador de los pobres. Si para interpretar la compleja legislación de la Iglesia se da como criterio máximo la “salvación de las almas”, lo mismo podemos decir que todo el entramado constitucional de la Congregación está iluminado por el fin de la misma: seguir a Cristo, evangelizador de los pobres. Las Constituciones no se han formulado para sustituir la finalidad de la Congregación, su gracia o su carisma. Las Constituciones están aprobadas por la Iglesia para asegurar el patrimonio espiritual de la Congregación, para que crezca ordenadamente y promueva en la Iglesia su espiritualidad, su apostolado y sus instituciones al ritmo del crecimiento del Cuerpo Místico de Cristo que es la Iglesia.

Evitar la indiferencia ante las Constituciones

25. No creo que leer o no leer las Constituciones se deba a la falta de motivos o de medios, sino quizás a algo más profundo, a las actitudes ante ellas. Entendiendo por actitud la postura interior, la del corazón que nos sitúa ante ellas. Gozosa y cordialmente aceptadas en principio, la impresión que el lector saca hoy de la lectura de algunos escritos actuales y de revistas religiosas es que las Constituciones, en general, van dejando de ser el libro de cabecera, como Regla de vida y van perdiendo aprecio y ganando indiferencia, paralizando, en cierta medida, la exigencia de permanecer, en nuestro caso, en estado de renovación continua, como se establece en el art. 2, antes citado. Se estudia y se reflexiona sobre otros temas de la vida consagrada, teológicamente de gran importancia, pero marginando el tema de las Constituciones, renovadas después del Vaticano II y, según sus orientaciones, con esfuerzo, interés y entusiasmo. La indiferencia es, no sólo un mal signo; sobre todo es mala porque nos hace perder nuestra identidad vicenciana.

ORAR LAS CONSTITUCIONES

Hacer de las Constituciones objeto de nuestra oración

26.“Señor, que nos has enviado a tu Hijo, modelo por excelencia de entrega a la salvación de los hombres, especialmente de los pobres, concédenos, por intercesión de San Vicente y demás santos de la Familia Vicenciana, revestirnos de los sentimientos y afectos de tu Hijo, más aún, llenarnos de su espíritu para adquirir la perfección propia de nuestra vocación vicenciana y dedicarnos a la evangelización de los pobres, a la ayuda de los clérigos y laicos para que ellos, desde su propio estado, participen en la evangelización de los pobres” (cf. Const. art. 1).

27. La oración, antes expuesta, no es de san Vicente, es sencillamente convertir, el primer artículo de las Constituciones en oración. He seguido en esto al mismo san Vicente que, con frecuencia, terminaba sus conferencias y repeticiones de oración con una oración pidiendo a Dios la gracia de obtener lo que él, con convicción y fe, había explicado a sus oyentes, Padres o Hermanas.

28. El P. Dodin, en su libro: “En priere avec Monsieur saint Vincent”, después de escribir un breve tratado sobre la oración de san Vicente y su comportamiento ante este acto tan importante para él, nos ha dejado una selección de ochenta y cuatro oraciones sobre temas muy diversos, como pedir la protección de Dios, hasta conseguir la virtud de la pobreza. El P. Luis Nos, C.M. ha hecho lo mismo, seleccionando algunas bellas oraciones de san Vicente, que ha sabido adornar con sus dotes literarias. En los esquemas para hacer en nuestras comunidades la oración, con mucha frecuencia se acude a san Vicente para tomar de sus escritos algo que sirva para hacer la oración.

29. Esta primera manera de orar las Constituciones es fácil y basta tener interés de presentar a Dios, por medio de Jesucristo, cualquiera de los temas espirituales, apostólicos y comunitarios de los que mencionan las Constituciones y Estatutos.

Buscar los signos de la voluntad e imitar la disponibilidad de Cristo

30. Para san Vicente, la oración no era una manera de apartarse de lo real, ni una sutil búsqueda de sí mismo; era una expresión de la caridad, una manera de darse a Dios y de amarle verdaderamente. Aunque muy ordinariamente se le tenga como hombre de acción -y lo fue- siempre estuvo pendiente de Dios y de su divina voluntad. En el art. 40 § 2, teniendo ante nuestra mirada contemplativa a Cristo, que permanecía en íntima comunicación con el Padre, las Constituciones añaden: También nosotros, santificados en Cristo y enviados al mundo, intentaremos buscar en la oración los signos de la voluntad divina e imitar la disponibilidad de Cristo, juzgando en todo conforme a su sentir.

31. Esta clave de orar las Constituciones es la que más puede interesar al misionero porque, como dice también san Vicente y lo recogen las Constituciones, la oración es la fuente de la vida espiritual. Mediante ella, se reviste de Cristo y se imbuye de la doctrina evangélica, discierne la realidad y los acontecimientos en la presencia de Dios y permanece en su amor y en su misericordia. De esta suerte, el espíritu de Cristo presta siempre eficacia a nuestras palabras y acciones. Es buscar una respuesta a la pregunta teresiana: ¿Qué queréis, Señor, de mí?

32. El gran motivo que tenemos para orar, es que Cristo oró y mandó orar para ser fieles a la voluntad del Padre, suprema razón de su vida, de su misión y de su entrega por la salvación del mundo. Cristo leía y meditaba lo que se le presentaba como voluntad del Padre: las Escrituras, los acontecimientos, la misión. Esto es hacer que la oración no se desvincule de la vida.

A modo de paraliturgia

33. Según los arts. 45, 46 y 47 de las Constituciones, la oración de la Congregación se puede hacer y manifestar de tres formas distintas: litúrgica, comunitaria y mental. Se pueden orar las Constituciones de las tres maneras, sirviéndose de ellas para hacer una especie de paraliturgia. En este caso, las Constituciones pueden ser una de las lecturas, y también, la fuente de las preces y de la oración final. Todo depende de cómo se quiera ordenar la paraliturgia y el contenido que se la quiera dar.

La oración comunitaria

34. La oración comunitaria está señalada en el art. 46 del las Constituciones: En la oración comunitaria encontramos la mejor forma de animar y renovar nuestra vida, sobre todo cuando participamos en la celebración de la Palabra de Dios o cuando, en un diálogo fraterno, nos comunicamos los frutos de nuestra experiencia espiritual y apostólica.

35. Esta manera de orar las Constituciones es sencilla y supone que existe en la comunidad la confianza suficiente para manifestar sus pensamientos y deseos sobre el tema escogido. No obsta que una vez leído el texto constitucional, pueda el presidente o algún otro del grupo, dar algunas indicaciones sobre el tema . Después de un prudente tiempo de reflexión, libre y espontáneamente, se va exponiendo lo que sobre el texto se haya pensado, siempre con humildad y caridad, sin acusar a nadie, solo con la intención de ser constructivos.

36. Esta manera de orar las Constituciones puede servir para hacer un examen de conciencia y denunciar caritativamente los fallos graves que se han encontrado en la reflexión. Es evidente que no todos los capítulos de las Constituciones sirven para lo que se pretende. El buen juicio del Superior le ayudará, con el parecer de los compañeros, a usar este modo de orar con las Constituciones. La situación de la Comunidad puede ser un buen indicador para escoger este modo o no.

La oración mental

37. Esta manera de orar las Constituciones consiste en escoger un párrafo o capítulo como tema de oración mental, y meditar las Constituciones. Entiendo por meditación la reflexión silenciosa y prologada en torno a un tema espiritual. No es un acto meramente intelectual porque la meditación se hace en la presencia de Dios y animado por su amor, y debe terminar en una especie de oración de petición, de arrepentimiento o de acción de gracias.

38. En cuanto sea posible, hay que tener en cuenta los muchos consejos que sobre la oración mental nos da san Vicente, relacionados con la tradición de la oración práctica. Los manuales de meditación, como el del P. Busée, eran usados por los misioneros. Al mismo tiempo, le preocupaba la orientación de san Francisco de Sales, aprovechando profundamente los recursos de la afectividad. Según el mismo P. Dodin, san Vicente por principio no prohibe ninguna forma de oración ni da la preferencia por alguna en particular. Todo depende del temperamento, salud, gracia y eficacia del método con relación a la persona que lo usa.

39. Dada la naturaleza de las Constituciones, unas más teológicas, otras más prácticas, pero todas orientadas al mejor seguimiento de Cristo, hay que darles un carácter práctico, sin inhibir ni sofocar los afectos que de la consideración surjan por influjo del Espíritu Santo.

¿Son salmodiables las Constituciones?

40. Es una pregunta que me hecho alguna vez. Por una parte, me daba reparo igualar las Constituciones a los salmos, puestos por la Iglesia como base de la oración, no sólo para los clérigos y miembros de las Sociedades de Vida Apostólica, sino también para todo cristiano. De hecho, son bastantes los cristianos que se reúnen para cantar las alabanzas divinas y orar con los salmos. Por otra parte, conociendo el origen, finalidad y composición de las Constituciones y de algunas Comunidades, no me parece ingenua ni desechable la idea de que puedan salmodiarse, si hay una persona con cualidades poéticas que sepa crear el ritmo oportuno. Se podría hacer de las Constituciones una especie de hora intermedia, si lo permite la liturgia, con canto, breve lectura y oración final. Este sistema, creo que se ha usado en grupos de formación. No se trata de anteponer, de ninguna manera, la oración solmodiada privada a la oración de la Iglesia.

41. Cuando el P. General ha insinuado el hacer una oración “bella para Dios” se ha referido, creo, a la forma, de tal manera que ésta, exteriormente bella por su contenido, cánticos y participación, llegue a tocar la sensibilidad de los jóvenes, pero también de los mayores, sin caer en el esteticismo que no sería oración, por muy bellas que fueran las formas. Creo que toda oración, hecha en común o en particular, de una manera o de otra, es bella, si se hace, como dijo nuestro Señor, en espíritu y verdad.

42. Recuerdo que durante una de las Asambleas, cuando no se sabía bien cómo formular el capítulo sobre la oración y se ofrecían abundantes ideas, uno de los presentes me decía: todo esto está bien, pero bastaría la recomendación que la Iglesia hace durante el sacrificio de la Eucaristía: Orad, hermanos.

* SV XII, 98 / ES XI, 402

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