Estatutos de la Asociación Internacional de la Juventud Mariana Vicenciana

Estatutos de la Asociación Internacional

de la Juventud Mariana Vicenciana

IDENTIDAD

1.La Asociación Internacional de la Juventud Mariana Vicenciana es la renovación de la Asociación de Hijas e Hijos de María Inmaculada que tuvo su origen en las Apariciones de la Virgen María a Santa Catalina Labouré en 1830.

2.La Asociación de Hijas e Hijos de María fue aprobada por el Romano Pontífice el Papa Pío IX mediante los rescriptos de 20 de Junio de 1847 y de 19 de Julio de 1850, y posteriormente confirmada por otras disposiciones de la Santa Sede.

3.En virtud de dichos rescriptos, la Dirección General de la Asociación corresponde al Superior General de la Congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad y a sus legítimos sucesores en el Superiorato de ambas Congregaciones.

SEDE

4. La Asociación Internacional de la Juventud Mariana Vicenciana tiene como centro histórico la capilla de la Medalla Milagrosa en París, Francia, donde se dieron las apariciones a santa Catalina Labouré. Esta capilla es un centro de oración y de peregrinación para los miembros de la Asociación.

La sede de su Secretariado Internacional (descrito más abajo en los artículos 21-23 ) está situada en Madrid, España.

NATURALEZA

5.La Asociación es ECLESIAL, LAICA, MARIANA y VICENCIANA

* ECLESIAL. Los miembros de la Asociación se comprometen a vivir y trabajar activa y responsablemente en comunión con los miembros de la Iglesia y sus pastores en el ámbito mundial y local.

* LAICA. Es una asociación formada principalmente por jóvenes laicos, dentro del marco de las Asociaciones Laicas Internacionales de fieles (cf. Can. 298-329).

* MARIANA. Los miembros de la Asociación se comprometen al seguimiento de Cristo. Descubren en el Evangelio a María como modelo de todos los creyentes, acogen en la fe la presencia de Dios en su Hijo Jesús, escuchan su Palabra y viven de acuerdo con ella.

Igualmente, ven en María, Madre del Señor, la inspiración que les ayuda, con la fuerza del Espíritu Santo, a caminar a lo largo de su vida en la fe y en la caridad efectiva generadora de justicia.

* VICENCIANA. Por su nacimiento en el seno de la Familia de San Vicente de Paúl, se inspira en el carisma Vicenciano y hace de la evangelización y el servicio de los pobres una de las características distintivas de su presencia en la Iglesia. Sus miembros se comprometen a ser misioneros, dando testimonio de su amor a Cristo con la palabra y con su trabajo.

MIEMBROS

6.La Asociación se compone de jóvenes y adultos, con atención especial a los jóvenes según la petición de la Santísima Virgen. Los miembros, solteros o casados, se comprometen a vivir según la espiritualidad mariana propia de la Asociación, a trabajar apostólicamente en el espíritu Vicenciano, de acuerdo con los planes y proyectos pastorales de la Asociación, y a observar sus propios Estatutos.

7.La Asociación Internacional está constituida por las Asociaciones Nacionales, Regionales, Diocesanas y Locales.

8.Las Asociaciones Nacionales tienen sus propios Estatutos, de acuerdo con el Derecho Canónico universal y con los presentes Estatutos Internacionales. Los Estatutos Nacionales deben ser aprobados por el Director General.

FINALIDAD

9.La contemplación de Cristo y la mirada atenta al ejemplo de María serán la fuente de animación y la fuerza que permitirá a la Asociación obtener los siguientes fines:

1ºFormar a sus miembros para la vivencia de una fe sólida en el seguimiento de Jesucristo evangelizador de los pobres.

2ºVivir y orar, como María, en sencillez y humildad asumiendo la espiritualidad del Magníficat.

3ºSuscitar, animar, y mantener el espíritu misionero en la Asociación, sobre todo a través de las experiencias misioneras, especialmente entre los más pobres y los jóvenes.

4ºPreparar a los miembros de la Asociación individual y comunitariamente, a colaborar, en la Iglesia y la sociedad, con los otros agentes de pastoral, siguiendo las orientaciones de la jerarquía de la iglesia universal y local.

ACTO DE CONSAGRACIÓN

  1. 1ºLa Asociación ofrece a los jóvenes la Consagración a Cristo por María como una manera de explicitar su consagración bautismal y hacer de su vida un don total a Cristo, desde el servicio y la evangelización de los pobres, eligiendo a María como Madre y modelo de vida.

2ºLa Consagración a Cristo por María será fruto del conocimiento profundo de la Asociación, de la formación en la fe y de un discernimiento serio en el Espíritu.

MEDIOS

11.Para conseguir sus objetivos, la Asociación pone a disposición de sus miembros todos los medios que considera aptos:

1º Desarrolla la interiorización de la Palabra del Señor y la celebra. Valora la oración de grupo y la liturgia, porque Cristo se hace presente en La Palabra, la Eucaristía y entre los que oran unidos.

2ºOfrece un proceso catequético formativo de maduración en la fe: de inspiración catecumenal, con sus etapas, sus objetivos y actividades.

3ºDa a conocer a los miembros lo que dice la Sagrada Escritura y la Iglesia sobre la Virgen.

4ºPropone el conocimiento de San Vicente, Santa Luisa, de Santa Catalina y de otros testigos de la Iglesia que han vivido el Evangelio entregándose a la caridad.

5ºOfrece a los miembros la posibilidad de servir a los pobres en su propio país y de actuar en solidaridad con los demás en el ámbito internacional.

6º Promueve sesiones de formación integral, escuelas de catequesis, congresos, asambleas, publicaciones, medios de pastoral y de comunicación social.

GOBIERNO

I. Nivel Internacional

12.La Asociación es una Asociación laica en la Iglesia. Se gobierna a tenor de las disposiciones del Derecho Canónico universal y de los propios Estatutos.

  1. En virtud de una concesión Pontificia, el Superior General de la Congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad es el Director General de la Asociación.

A él le compete:

1º Representar a la Asociación ante los organismos internacionales de la Iglesia y, con el Presidente Internacional, en las reuniones de laicos.

2º Nombrar al Subdirector General y a la Consejera General, después de consultar a los respectivos Consejos Generales.

3º Nombrar los miembros del Secretariado Internacional después de haber consultado al Consejo Internacional.

4ºConfirmar los nombramientos Nacionales del Presidente, del Director y de la Hermana Consejera.

5ºErigir las Asociaciones Nacionales y aprobar sus Estatutos.

6º Convocar en caso excepcional al Consejo Internacional.

7º Remover al Presidente, a un miembro de Consejo Internacional, o del Secretariado Internacional según las condiciones del canon 318 (2).

14.Para su dinamismo y dirección la Asociación Internacional de la Juventud Mariana Vicenciana tiene, además del Director General, una Asamblea General, un Consejo Internacional y un Secretariado Internacional.

1º - Asamblea General

  1. Se convocará, al menos cada cinco años, una Asamblea General con participación del Consejo Internacional, del Secretariado Internacional y de dos laicos por Asociación Nacional. Cada Asociación Nacional puede también contar con la participación de su Director Nacional y la Hermana Delegada Nacional, quienes pueden participar en los debates pero sin derecho a voto.

16.Los objetivos de la Asamblea General son:

1ºElegir al Presidente Internacional y a los miembros laicos del Consejo Internacional según las condiciones del canon 119.

2ºProponer la revisión de Estatutos aprobados por 2/3 de los miembros de la Asamblea.

3ºEstudiar la situación de la Asociación: espiritual, pastoral, económica, fijación de cuotas, etc.

4ºEstudiar temas relacionados con el espíritu y desarrollo de la Asociación.

5ºAprobar los planes pastorales.

Excepto en lo concerniente a la revisión de Estatutos, todas las demás decisiones son hechas por mayoría absoluta. Si después de dos escrutinios la votación permanece en condición de igualdad, el Director General por su voto puede dirimir dicha igualdad.

2º - El Consejo Internacional

17.Está compuesto por: el Director General, el Subdirector General, una Consejera General de las Hijas de la Caridad, un Presidente/a laico Internacional y cuatro miembros laicos de la Asociación elegidos por la Asamblea General. Son los "Responsable mayores" (Cf. Canon 318) de la Asociación. El Consejo Internacional se reunirá, al menos, 1 vez al año.

Para que exista quórum son necesarios al menos cinco miembros. Se necesita mayoría absoluta para llegar a la toma de decisiones.

Es convocado y presidido por el Presidente seglar, o, en casos excepcionales, por el Director General.

Sus funciones son:

1ºProponer temas importantes de reflexión sobre aspectos importantes de la vida y actividad de la Asociación.

2º Asegurar la comunicación con y entre las Asociaciones Nacionales a través de correspondencia, visitas y otros medios posibles.

3ºEvaluar la realización de los proyectos aprobados por la Asamblea General precedente.

4º Preparar la Asamblea General siguiente.

5ºEstudiar y aprobar el presupuesto provisional y el balance final de año presentados por el Secretariado Internacional.

6ºVelar por el cumplimiento de los Estatutos Internacionales.

7º Con el consentimiento del Director General, solicitar a la Santa Sede la disolución de la Asociación.

8ºDesignar a los liquidadores de bienes, según las normas que establecerá el mismo Consejo Internacional.

18.Elección de los miembros:

El Subdirector General y la Consejera General de las Hijas de la Caridad son nombrados por el Director General de la Asociación, después de haber oído a los respectivos Consejos Generales.

Los miembros laicos son elegidos por la Asamblea General, prestando la debida atención a la representatividad geográfica

19.Duración de los cargos:

El mandato del Subdirector General y la Consejera General será de cinco años, podrán ser nombrados para un segundo mandato de cinco años no renovable.

El Presidente y los otros cuatro miembros laicos ejercerán su oficio cinco años, y podrán ser reelegidos para un segundo mandato de cinco años no renovable.

20.Es competencia del Presidente Internacional, además de su función específica en el Consejo Internacional y Asamblea General Internacional:

1º Convocar, de acuerdo con el Director General, las reuniones de la Asamblea General.

2º Representar a la Asociación Internacional, juntamente con el Director General, o su Delegado, en las reuniones nacionales y regionales de la Asociación.

3º Mantener relaciones con otras ramas de la Familia Vicenciana y otros movimientos laicos.

4ºOrganizar sus actividades con el Secretariado Internacional y con el Consejo Internacional.

3º - Secretariado Internacional

21.Estará compuesto, al menos, por dos personas con dedicación preferente que se encargarán de dinamizar los programas fijados por Consejo Internacional y la Asamblea General. Son nombrados por el Director General, después de consultar con el Consejo Internacional.

22.La duración en el cargo es de cinco años, pudiendo ser nombrados para otro mandato.

23.Las Funciones del Secretariado Internacional son:

1º Promover la vitalidad de la Asociación.

2º Favorecer medios de unión entre las diferentes Asociaciones a nivel Internacional.

3º Informar sobre la vida de la Asociación.

4º Recibir las notificaciones de nombramientos en el ámbito nacional, así como las de la creación de nuevas Asociaciones.

5º Organizar y llevar a cabo en el ámbito internacional los encuentros y otras iniciativas que el Director General o el Consejo Internacional juzguen convenientes para promover espiritual y apostólicamente la vida de la Asociación.

6º Mantener al día los archivos de la Asociación.

7º Presentar al Consejo Internacional un presupuesto provisional al inicio del año y un balance al final del mismo.

II. Nivel Nacional

24.Para erigir una Asociación Nacional se requiere la aprobación de dicha Asociación y sus Estatutos por el Director General.

25.La Asociación Nacional tiene sus propios Estatutos conforme al Derecho Canónico universal y a los presentes Estatutos Internacionales.

26.En los Estatutos Nacionales se establecen las normas particulares que se consideran convenientes en la propia nación sobre la organización de los miembros, derechos y obligaciones de los mismos y el trabajo apostólico que la Asociación se propone realizar.

27.El Presidente Nacional, el Director Nacional y la Consejera Nacional (o Delegada Nacional) serán nombrados según lo determinen los propios Estatutos. Sus nombramientos deberán ser confirmados por el Director General.

28.Los demás nombramientos para los diferentes oficios de la Asociación se hacen conforme al Derecho Común de la Iglesia universal y a los Estatutos propios. La duración de dichos oficios en el cargo se determina en los Estatutos propios.

29.El Director Nacional informa al Secretariado Internacional de los nombramientos habidos en su país.

III. Nivel Local

30.Para comenzar un nuevo grupo o centro de la Asociación, es necesario la aprobación del Director Nacional, y el consentimiento por escrito de la autoridad eclesiástica competente, en virtud del derecho común y del propio.

31.El Director Nacional notificará al Secretariado Internacional la creación de toda nueva Asociación.

DISTINTIVO

32. El distintivo de la Asociación Internacional de la Juventud Mariana Vicenciana es la Medalla Milagrosa.

33. Cada Asociación Nacional es libre para adoptar en su propio país otros distintivos, sin suprimir la Medalla Milagrosa.

ASPECTOS ECONÓMICOS

34.La Asociación Internacional de la Juventud Mariana Vicenciana no tiene carácter lucrativo.

35.El Secretariado Internacional dará cuenta anual de sus ingresos y gastos al Consejo Internacional.

36.Para el funcionamiento del Secretariado Internacional, cada Asociación Nacional abonará una cuota fijada por la Asamblea General.

DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

37.El Consejo Internacional, con el consentimiento del Director General, puede pedir a la Santa Sede la disolución de la Asociación.

38.El Consejo Internacional designará los liquidadores de los bienes que existan, según las normas que les dicte el mismo Consejo Internacional.

39.Los bienes que resten, una vez saldadas las deudas, se emplearán en favor de los pobres de aquellos lugares en donde ha estado presente la Asociación.

APROBACIÓN Y ENMIENDA DE ESTOS ESTATUTOS

40.La Asamblea General puede hacer propuestas de enmiendas o cambios en estos Estatutos y presentarlos para su aprobación a la Santa Sede.

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